Los proveedores canadienses deberán identificar a los piratas
Esta decisión se produce como consecuencia de la apelación, presentada por la industria discográfica canadiense, a la sentencia que libraba a las ISP’s de la obligación de revelar el nombre de sus clientes.
Según Allen Dixon, Director General de la Federación Internacional de Productores Fonográficos (IFPI), la sentencia confirma que “los proveedores de conexión estarán obligados a facilitar los nombres de los clientes infractores y que las normas sobre protección de datos personales y el derecho a la intimidad no deben evitar que los propietarios de los contenidos tomen medidas contra los infractores. También [la sentencia] demuestra que compartir archivos sin autorización no es legal en Canadá.”
“Esta decisión, por otro lado, deja claro que no hay un refugio en el planeta para los piratas digitales. En Canadá, como en otros muchos países, las personas que realicen distribución musical ilegal en internet se van a encontrar con las correspondientes acciones legales que penalizarán su comportamiento.”
Fuente: ACAM