Me hago eco de un articulo que han publicado nuestros compañeros de bandaancha.st ( http://bandaancha.eu/articulo/7020/asi-sera-proceso-cerrar-pagina-web ) por el que nuestros queridos politicos :mikec: permitiran el cierre de paginas web P2P, leedlo con atencion:
Mejor me callo, si nuestros politicos fueran tan diligentes para otras cosas, todo iria perfecto.
Vaya marron les ha caido a las ISP´s para bloquear paginas extranjeras, lo cual es una chorrada, un crio de 3 años se
puede saltar estas restricciones hoy en dia, pero bueno.
¿Acelerará esto el uso de redes encriptadas? time at time...
El proceso para el bloqueo de una web se iniciará precisamente cuando estos propietarios de derechos -una productora cinematográfica, una discográfica o el mismo autor de una canción- denuncien ante la Comisión a la página que presuntamente está comercializando, almacenando o enlazando sin autorización un archivo suyo, ya sea una película, un álbum musical o un videojuego. La Comisión entonces estudiará el caso y comprobará si se están infringiendo esos derechos. Acto seguido notificará a la web la denuncia y se abrirá un periodo de alegaciones para los responsables de la página. Una vez estudiadas esas alegaciones, si la Comisión entiende que no son suficientes, notificará oficialmente a la web que desaloje los archivos de los que está haciendo un uso ilícito y le dará un plazo para ello, dando por finalizado el proceso administrativo.
Si no hay rectificación, entonces -y sólo entonces- la Comisión podrá solicitar ante el juez medidas cautelares que consistirán en "la interrupción de la prestación de los servicios de alojamiento o almacenamiento de datos" en el caso de páginas nacionales (es decir, el cierre), o el bloqueo a sitios web extranjeros con contenido ilícito que deberán llevar a cabo los operadores nacionales de acceso a Internet (Telefónica, Vodafone, Orange, Ono, Jazztel, etcétera).
El juez no entra en el fondo del asunto, sino que sólo decide si la Comisión es pertinente para pedir el cierre de la web en cuestión, y si con ésta no se vulnera algún derecho fundamental, como por ejemplo, el derecho a la información o a la libertad de expresión. En esta fase judicial del caso, los plazos se reducirán al mínimo. Desde que la Comisión lleve al juez el caso hasta que éste ordene o deniegue medidas cautelares transcurrirán días, pero, en cualquier caso, menos de un mes. Ambas partes podrán dilucidar luego, en un procedimiento judicial ordinario, el fondo del asunto.
Mejor me callo, si nuestros politicos fueran tan diligentes para otras cosas, todo iria perfecto.
Vaya marron les ha caido a las ISP´s para bloquear paginas extranjeras, lo cual es una chorrada, un crio de 3 años se
puede saltar estas restricciones hoy en dia, pero bueno.
¿Acelerará esto el uso de redes encriptadas? time at time...
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